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COMIBOL Bolivia (2026): qué es y qué funciones tiene

🗓 May 2026 ⏱ 21 min lectura 👁 13 visitas ✍️ Lexy
📋 Contenido del artículo
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    ¿Qué es COMIBOL y qué papel cumple en la minería boliviana?

    La Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) es la empresa pública estratégica corporativa responsable de dirigir y administrar la industria minera estatal boliviana. Fue creada el 2 de octubre de 1952 mediante Decreto Supremo N° 3196. El artículo 61 de la Ley N° 535 de Minería y Metalurgia la define como una empresa de carácter público, con personería jurídica propia, patrimonio propio y autonomía técnica, administrativa, jurídica y económica, sujeta a la Ley N° 466 de la Empresa Pública. Ejerce, en nombre del Estado y del pueblo boliviano, el derecho de realizar todas las actividades de la cadena productiva minera en sus áreas y las de sus empresas filiales. En 2025, la COMIBOL reportó un aporte de más de Bs 2.000 millones al desarrollo económico del país y contaba con 5.685 trabajadores.

    La COMIBOL es una de las instituciones más importantes y complejas del sistema minero boliviano. Cualquier actor del sector —sea una cooperativa que necesita suscribir un Contrato Cooperativo Minero, una empresa privada que aspira a un contrato de producción en áreas estatales, o un inversionista que evalúa proyectos en Bolivia— inevitablemente interactúa con ella. Entender qué es COMIBOL desde la perspectiva jurídica, qué empresas integran su estructura, qué contratos puede suscribir con terceros y cuáles son sus limitaciones actuales es indispensable para operar correctamente en el sector minero boliviano a 2026.

    Este artículo desarrolla el marco legal de COMIBOL, su historia resumida, su estructura de empresas filiales y unidades productivas, sus atribuciones contractuales y el rol que cumple como contraparte en los Contratos Cooperativos Mineros que regulan la relación con las cooperativas mineras. Para el contexto normativo general en el que opera, puede revisarse la guía sobre la Ley N° 535 de Minería y Metalurgia.

    ¿Qué es COMIBOL según la ley boliviana?

    La naturaleza jurídica de COMIBOL está definida con precisión en el artículo 61 de la Ley N° 535 de Minería y Metalurgia de 28 de mayo de 2014. Esta norma la caracteriza como una empresa pública estratégica corporativa, de carácter público, con personería jurídica propia, patrimonio propio, y autonomía técnica, administrativa, jurídica y económica. Está sujeta a la Ley N° 466 de la Empresa Pública de 26 de diciembre de 2013 y a sus estatutos adecuados a dicha ley. Es la responsable de dirigir y administrar la industria minera estatal, con excepción de las empresas mineras estatales que no estén bajo su dependencia —como Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB), que desde 2017 opera autónomamente bajo tuición del Ministerio de Hidrocarburos y Energías.

    Definición legal y atribuciones según el artículo 61 de la Ley N° 535

    El artículo 61 establece que COMIBOL ejerce, en nombre del Estado y del pueblo boliviano, el derecho de realizar las actividades de prospección, exploración, explotación, concentración, fundición, refinación, comercialización e industrialización de minerales, metales, piedras preciosas y semipreciosas existentes en las áreas mineras bajo su administración y las de sus empresas filiales y subsidiarias. Este mandato es amplio: abarca toda la cadena productiva minera definida en el artículo 10 de la misma ley. El objeto principal de COMIBOL es lograr el desarrollo productivo diversificado en el sector minero-metalúrgico, en el marco de las políticas del Estado Plurinacional de Bolivia.

    COMIBOL y la Ley N° 466 de la Empresa Pública

    La sujeción de COMIBOL a la Ley N° 466 de la Empresa Pública de 26 de diciembre de 2013 tiene implicancias prácticas importantes. Esta ley establece la tipología de empresas públicas en Bolivia, los mecanismos de gobierno corporativo, los sistemas de control y las relaciones con el nivel central del Estado. COMIBOL opera como una empresa pública estratégica corporativa —la categoría más autónoma dentro del sistema—, lo que le da mayor margen de acción que otras entidades descentralizadas del Estado. Sin embargo, esta autonomía tiene límites: el artículo 61 de la Ley N° 535 establece que el Ministerio de Minería y Metalurgia ejerce tuición sobre COMIBOL, y que el Ministro del sector ejerce las atribuciones conferidas por el artículo 14 de la Ley N° 466 respecto a las empresas estatales mineras. El Decreto Supremo N° 2030 de 11 de junio de 2014 aprobó los estatutos de COMIBOL adecuados a la Ley N° 535 y a la Ley N° 466.

    Historia de COMIBOL en Bolivia: tres etapas que explican su situación actual

    Para entender el rol de COMIBOL en 2026 es indispensable conocer su trayectoria histórica. La institución ha transitado por transformaciones radicales que explican tanto sus fortalezas como sus limitaciones actuales.

    1952-1985: nacimiento, apogeo y empresa minera dominante

    COMIBOL fue creada el 2 de octubre de 1952 mediante el Decreto Supremo N° 3196, pocos días antes de la nacionalización de las minas de los tres grandes grupos mineros privados —Patiño, Hochschild y Aramayo— que se produjo el 31 de octubre de 1952. La nueva corporación asumió la dirección y administración de la industria minera estatal, heredando las operaciones de esos grupos en 16 empresas que explotaban estaño, plomo, plata, zinc, wolfram, cobre y oro. Durante las décadas siguientes, COMIBOL fue la principal empresa pública boliviana, la mayor productora de divisas del país y la mayor empleadora. En su directorio participaban representantes de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia (FSTMB), reconociendo el poder político del sector minero organizado. En esta etapa, COMIBOL fue el eje de la economía minera boliviana y su historia es inseparable de la historia política del país.

    1985-2006: desmantelamiento neoliberal y reducción a entidad administrativa

    El Decreto Supremo N° 21060 de agosto de 1985, promulgado durante el gobierno de Víctor Paz Estenssoro, marcó el inicio de la etapa neoliberal y la reducción drástica del rol estatal en la minería. Como consecuencia, más de 23.000 mineros fueron despedidos en una "relocalización" que devastó las comunidades mineras del altiplano, y COMIBOL fue reducida a una entidad meramente administrativa: su función pasó a ser la de administrar contratos de arrendamiento y riesgo compartido con actores privados sobre las áreas de la minería nacionalizada, cobrando cánones y preservando el patrimonio remanente. Las empresas productivas fueron descentralizadas, privatizadas o simplemente cerradas, generando pasivos ambientales y laborales que el Estado boliviano aún gestiona décadas después.

    2006-2026: refundación productiva y nuevo rol bajo la Ley N° 535

    Con el gobierno de Evo Morales (2006-2019), COMIBOL inició un proceso de refundación de su función productiva. El Decreto Supremo N° 29117 de 1 de mayo de 2007 declaró reserva fiscal minera a todos los recursos minerales del país, entregando a COMIBOL su administración preferente. La Ley N° 3720 de julio de 2007 restableció su función productiva, permitiendo su participación en toda la cadena productiva. Se crearon o recuperaron empresas filiales como Huanuni (2006), Colquiri (2012) y Corocoro, y se impulsaron proyectos estratégicos como la Planta Piloto del Litio en Uyuni —luego transferida a YLB. La Ley N° 535 de 2014 consolidó este rol productivo en el artículo 61, aunque analistas señalaron que COMIBOL carece en la práctica de la estructura corporativa real que la norma prevé, teniendo limitaciones para articular a sus empresas dependientes con criterios de empresa corporativa moderna. En 2025 la COMIBOL cerró su gestión reportando una ejecución total de Bs 5.121.840.061 y participó en la conferencia minera internacional PDAC 2026 en Toronto presentando su cartera de proyectos estratégicos.

    Empresas filiales y unidades productivas de COMIBOL en Bolivia (2026)

    La estructura productiva de COMIBOL en 2026 comprende empresas filiales con personería jurídica propia, unidades productivas bajo administración directa de la corporación, unidades de servicio e investigación, y la empresa estatal especializada EPCORO. La siguiente tabla consolida los datos de producción de las principales operadoras durante 2025, conforme a la Rendición Pública de Cuentas de COMIBOL.

    Tabla 1. Principales empresas filiales y unidades productivas de COMIBOL — producción 2025
    Empresa / UnidadMineral principalProducción 2025 (TMF)UbicaciónNaturaleza jurídica
    Empresa Minera HuanuniEstaño7.961,38 TMF estañoOruroEmpresa estatal filial de COMIBOL
    Empresa Minera ColquiriEstaño y zinc3.021 TMF estaño / 7.969 TMF zincLa PazEmpresa estatal filial de COMIBOL
    Empresa Minera CorocoroCobre1.643 TMF cobre (cátodos)La PazEmpresa estatal filial de COMIBOL
    Complejo Metalúrgico KarachipampaPlomo y plata114 TMF plomo (2025)PotosíPlanta metalúrgica estatal bajo COMIBOL
    Empresa Fundidora VintoEstaño (fundición)Fundición de concentrados de Huanuni y otrosOruroEmpresa estatal filial de COMIBOL
    EPCOROOroCompras 2.359 KgF / ventas 2.296 KgF (2024)El Alto, San Ramón, RiberaltaEmpresa estatal filial de COMIBOL (DS N° 5134/2024)
    Unidad Productiva AmayapampaOro280.868 gramos fino de oro (2025)PotosíUnidad productiva de COMIBOL
    Empresa Minera Quechisla (Mina Thuthu)Zinc-plata y plomo-plata134 TMF zinc-plata / 24 TMF plomo-plataPotosíUnidad productiva de COMIBOL
    Azufrera CapuratasAzufreVariableOruroUnidad productiva de COMIBOL
    Ingenio MachacamarcaProcesamiento de mineralesServicios de beneficio a tercerosOruroUnidad productiva de COMIBOL
    Planta Industrial PulacayoFabricación de equipos minerosUtilidad neta Bs 369.589 (2025)PotosíUnidad de servicio de COMIBOL
    Empresa Minera CataviServicios industrialesUtilidad Bs 129.729 (2025)PotosíUnidad de servicio de COMIBOL
    CIMM (Centro de Inv. Minero Metalúrgicas)Laboratorio e investigaciónIngresos Bs 2.061.698 (2025)La PazUnidad de investigación de COMIBOL

    Adicionalmente, COMIBOL tiene proyectos de exploración activos en Mallku Khota (Potosí), Mesa de Plata - Machu Socavón (Potosí), Negrillos - Pacukollo (Oruro), La Cruz - Pico Suto (Santa Cruz), y proyectos de Metales Estratégicos y Tierras Raras y Santa Isabel (Potosí), con una inversión de exploración programada de Bs 214.275.474 para 2025. En marzo de 2026, COMIBOL participó en la conferencia PDAC 2026 en Toronto presentando proyectos de plata, oro, tierras raras y minerales del grupo del platino ante la comunidad minera internacional.

    Funciones contractuales de COMIBOL: contratos con cooperativas y privados

    Más allá de su rol productivo directo, COMIBOL cumple una función contractual central en el sistema minero boliviano: es la contraparte del Estado en los contratos que habilitan a cooperativas y empresas privadas a operar en áreas de la minería nacionalizada. Esta función es la que con mayor frecuencia involucra a la COMIBOL en la gestión jurídica de los actores del sector.

    Los Contratos Cooperativos Mineros con cooperativas

    El Contrato Cooperativo Minero (CCM), introducido por la Ley N° 1140 de 21 de diciembre de 2018 y reglamentado por el Decreto Supremo N° 3853 de 3 de abril de 2019, es el instrumento mediante el cual COMIBOL habilita a las cooperativas mineras para operar en áreas de la minería nacionalizada bajo su titularidad. COMIBOL mantiene la titularidad sobre el área; la cooperativa tiene el derecho de desarrollar actividades de la cadena productiva minera en ella. Este contrato reemplazó a los históricos contratos de arrendamiento minero que durante décadas regularon esta relación. La adecuación de los contratos de arrendamiento vigentes a CCM es una obligación en proceso, y la COMIBOL tiene la atribución de emitir autorizaciones de cateo dentro de sus áreas, sujeta a reglamentación propia, conforme a la Disposición Adicional de la Ley N° 1140. Los requisitos para la suscripción del CCM —incluyendo la Resolución de Personalidad Jurídica de la AFCOOP, el Plan de Trabajo y Desarrollo, y el certificado de afiliación a la Federación Departamental— están detallados en la guía sobre cooperativa minera en Bolivia.

    Los Contratos de Producción Minera con actores privados

    El artículo 61, parágrafo V de la Ley N° 535 —modificado por el artículo 8 de la Ley N° 845— faculta a la COMIBOL a suscribir Contratos de Producción Minera con actores productivos mineros para el desarrollo de actividades en las áreas bajo su titularidad. Esta modalidad permite a empresas privadas acceder a áreas de la minería nacionalizada sin que la COMIBOL ceda la titularidad, bajo condiciones técnicas y económicas negociadas. Los contratos de producción minera requieren cumplir los requisitos de los artículos 128 y 140 de la Ley N° 535 —según si se trata de áreas con o sin derechos preexistentes— y son distintos tanto de los CCM como de los CAM suscritos ante la AJAM sobre áreas libres. Para inversionistas privados que evalúan entrar al sector minero boliviano, identificar si el área de interés está bajo titularidad de la COMIBOL o es un área libre es el primer paso jurídico relevante.

    Las áreas y patrimonio de la minería nacionalizada bajo COMIBOL

    El artículo 61, parágrafo VI de la Ley N° 535 establece que son de propiedad de la COMIBOL los campamentos, plantas metalúrgicas, hidrometalúrgicas e industriales, ingenios, bienes muebles, inmuebles e instalaciones adquiridos u obtenidos a cualquier título, con excepción de los transferidos legalmente. El parágrafo V del mismo artículo define las áreas que son de titularidad de la COMIBOL: las áreas mineras y parajes mineros de la minería nacionalizada registradas a su nombre en el Registro Minero de la AJAM, las áreas de la Reserva Fiscal Minera cuyo plazo venció sin solicitud de otras empresas estatales, y otras que se determinen por ley. Al vencimiento del plazo de un CAM suscrito por una cooperativa con la AJAM en áreas de la minería nacionalizada de COMIBOL, el área retorna a la administración de la corporación, salvo renovación. Este retorno automático es uno de los elementos que diferencia fundamentalmente los CAM sobre áreas de COMIBOL de los CAM sobre áreas libres.

    Error frecuente: confundir COMIBOL con la AJAM o el Ministerio de Minería

    Un error recurrente entre personas que inician trámites en el sector minero es confundir los roles de COMIBOL, la AJAM y el Ministerio de Minería. Son tres entidades distintas con funciones diferentes: el Ministerio de Minería y Metalurgia define la política del sector y ejerce tuición; la AJAM es la entidad de administración, control y otorgación de derechos mineros sobre áreas libres —es ante ella que se tramita el CAM—; la COMIBOL es la empresa estatal que administra las áreas de la minería nacionalizada y suscribe contratos con cooperativas y privados sobre esas áreas. Quien tramita un CAM sobre un área libre lo hace ante la AJAM, no ante COMIBOL. Quien quiere operar en áreas de la minería nacionalizada (Huanuni, Colquiri, Potosí, etc.) debe negociar con COMIBOL el CCM o el Contrato de Producción Minera. Las dos rutas son distintas y los requisitos difieren.

    ¿Cómo interactúa COMIBOL con los distintos actores del sector minero boliviano?

    La COMIBOL no opera en aislamiento: sus relaciones jurídicas con cooperativas, empresas privadas, trabajadores y el propio Estado son la columna vertebral del sistema minero estatal boliviano. Entender estas relaciones es clave para cualquier actor del sector.

    Con las cooperativas mineras: el CCM y los conflictos de superposición

    La relación entre COMIBOL y las cooperativas mineras es una de las más complejas del sector. Históricamente instrumentada mediante contratos de arrendamiento, hoy se regula mediante el CCM conforme a la Ley N° 1140 y el DS N° 3853. La COMIBOL mantiene la titularidad de las áreas de la minería nacionalizada, y las cooperativas operan en ellas bajo las condiciones del CCM, con la obligación de cumplir el Plan de Trabajo y Desarrollo. Un aspecto práctico relevante de 2026 es el conflicto de superposición entre áreas de la COMIBOL y áreas reclamadas por cooperativas —ilustrado en el caso de Colquiri, donde en 2026 la AJAM realizó inspecciones técnicas para delimitar los derechos de la Empresa Minera Colquiri y la Cooperativa 26 de Febrero—. Estos conflictos requieren la intervención coordinada de COMIBOL, la AJAM y el Ministerio de Minería para su resolución. Para el análisis completo del régimen cooperativo, puede consultarse la guía sobre cooperativa minera en Bolivia.

    Con los trabajadores: el mayor empleador estatal minero

    La COMIBOL es el mayor empleador estatal del sector minero boliviano. Al cierre de 2025 contaba con 5.685 trabajadores en todas sus empresas y unidades, con una escala salarial que incluye beneficios laborales y de seguridad social propios del sector público. La relación laboral en las empresas filiales —especialmente Huanuni y Colquiri— tiene una larga tradición de negociación colectiva con los sindicatos mineros, que históricamente han sido actores políticos influyentes. En abril de 2026, COMIBOL y entidades del Estado coordinaron acciones para combatir el jukeo —el hurto de minerales por parte de trabajadores de la propia empresa— en la Empresa Minera Huanuni, en el marco de lo establecido por la Ley N° 1093. Este tema vincula directamente a COMIBOL con el régimen penal minero desarrollado en la guía sobre minería ilegal en Bolivia.

    Con EPCORO: la nueva filial estatal del oro

    La Empresa Estatal de Producción y Comercialización del Oro (EPCORO), creada por el Decreto Supremo N° 5134 de 13 de marzo de 2024 con un capital inicial de Bs 102,9 millones del Tesoro General de la Nación, es filial de COMIBOL bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia. EPCORO participa en la compra y comercialización de oro en el mercado interno boliviano, con puntos de acopio en El Alto, San Ramón y Riberalta, compitiendo con comercializadoras privadas. En 2024, EPCORO acumuló el 46,7% de la producción nacional de oro mediante compras en el mercado interno. Su creación marcó un cambio estructural en la política aurífera boliviana: donde antes la COMIBOL solo tenía un rol de administración de áreas, ahora cuenta con una filial especializada en la cadena del oro. El Decreto Supremo N° 5257 de octubre de 2024 autorizó un aporte de capital adicional de hasta Bs 500.000.000 para fortalecer las operaciones de EPCORO. Para el análisis detallado del régimen jurídico del oro, puede revisarse la guía sobre regulación del oro en Bolivia.

    ¿Cuándo conviene asesorarse jurídicamente en trámites que involucran a COMIBOL?

    Cualquier trámite que involucra a COMIBOL como contraparte tiene implicancias jurídicas más complejas que un simple trámite ante la AJAM sobre un área libre. La naturaleza de empresa pública de COMIBOL, el régimen especial de sus áreas y la superposición de normativa minera y de empresa pública hacen necesaria la asesoría especializada en la mayoría de los casos.

    Casos que pueden orientarse con información básica

    Si la consulta es puramente informativa —verificar si un área está bajo administración de la COMIBOL o es área libre, conocer los datos de contacto de la corporación, o entender qué tipo de contrato corresponde a una situación determinada—, las guías de FacilitaciónLegal.com y el sitio oficial de COMIBOL (www.comibol.gob.bo) ofrecen orientación suficiente. Los modelos de contratos del área minera disponibles en FacilitaciónLegal.com también pueden ser un punto de partida para entender la estructura contractual antes de negociar.

    Casos que requieren asesoría jurídica especializada

    La asesoría jurídica especializada en derecho minero y de empresa pública es indispensable cuando una cooperativa necesita adecuar su contrato de arrendamiento histórico a un CCM con COMIBOL; cuando una empresa privada negocia un Contrato de Producción Minera sobre áreas de COMIBOL; cuando existe un conflicto de superposición de áreas entre una empresa filial de COMIBOL y una cooperativa o empresa privada; cuando COMIBOL inicia un proceso de reversión de área por incumplimiento del contrato; o cuando un inversionista extranjero evalúa la posibilidad de constituir una empresa mixta con COMIBOL. En todos estos casos la coordinación entre el derecho minero, el derecho de empresa pública y —en ocasiones— el derecho constitucional es necesaria. Si necesita orientación sobre su situación específica, en FacilitaciónLegal.com puede agendar una consulta con el equipo especializado en derecho minero boliviano.

    Preguntas frecuentes sobre COMIBOL en Bolivia

    ¿Cuándo fue creada COMIBOL y por qué?

    La Corporación Minera de Bolivia fue creada el 2 de octubre de 1952 mediante el Decreto Supremo N° 3196, durante el gobierno de Víctor Paz Estenssoro, como paso previo a la nacionalización de las minas de los tres grandes grupos privados —Patiño, Hochschild y Aramayo— que se produjo el 31 de octubre de ese mismo año. La creación de COMIBOL respondió a la presión de los trabajadores mineros organizados en la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia y al programa político de la Revolución Nacional de 1952, que buscaba redistribuir la riqueza minera y poner los recursos naturales bajo control del Estado. En su origen, COMIBOL heredó las operaciones de 16 empresas mineras en los principales yacimientos del país.

    ¿COMIBOL es lo mismo que el Ministerio de Minería?

    No. Son dos instituciones distintas con funciones complementarias pero diferenciadas. El Ministerio de Minería y Metalurgia es el órgano de gobierno que define la política del sector, fiscaliza el cumplimiento de los Planes de Trabajo e Inversión y ejerce tuición sobre la AJAM, COMIBOL y otras entidades del sector. La COMIBOL es una empresa pública estratégica corporativa que opera productivamente en la cadena minera: produce, funde, comercializa y suscribe contratos con cooperativas y privados sobre sus áreas. La AJAM, por su parte, es la entidad que otorga y administra los derechos mineros sobre áreas libres. Las tres entidades tienen roles distintos y complementarios dentro de la estructura del sector minero estatal definida en el artículo 36 de la Ley N° 535.

    ¿Qué es el Contrato Cooperativo Minero con COMIBOL?

    El Contrato Cooperativo Minero (CCM) es el instrumento jurídico por el cual COMIBOL habilita a una cooperativa minera para operar en áreas de la minería nacionalizada bajo su titularidad, conforme a la Ley N° 1140 de 2018 y el DS N° 3853 de 2019. COMIBOL mantiene la titularidad del área; la cooperativa tiene el derecho de desarrollar actividades mineras en ella cumpliendo el Plan de Trabajo y Desarrollo. Este contrato reemplazó a los históricos contratos de arrendamiento que regulaban esta relación antes de la Ley N° 535. Para conocer los requisitos completos del CCM, puede consultarse la guía sobre cooperativa minera en Bolivia y la guía sobre arrendamiento minero en Bolivia.

    ¿Cuáles son las principales minas que opera COMIBOL en 2026?

    Las principales operaciones de COMIBOL en 2026 son la Empresa Minera Huanuni (estaño, 7.961 TMF en 2025, en Oruro), la Empresa Minera Colquiri (estaño y zinc, 3.021 y 7.969 TMF respectivamente en 2025, en La Paz), la Empresa Minera Corocoro (cobre, 1.643 TMF de cátodos en 2025, en La Paz) y la Fundidora Vinto (estaño, Oruro). El Complejo Metalúrgico Karachipampa (plomo y plata, Potosí) opera de manera intermitente. EPCORO —la nueva filial del oro— compró 2.359 kilogramos finos de oro en 2024. Adicionalmente, existen varias unidades productivas menores —Amayapampa, Quechisla/Thuthu, Capuratas— y unidades de servicio como Pulacayo y Catavi. El total de la estructura empleaba a 5.685 trabajadores a fines de 2025.

    ¿Puede una empresa privada extranjera trabajar con COMIBOL en Bolivia?

    Sí, bajo determinadas condiciones. El artículo 35 de la Ley N° 535 reconoce las empresas mixtas como una forma de acceso de actores privados —incluyendo extranjeros— a las actividades mineras estatales. Una empresa mixta es una sociedad con participación de actores privados en áreas de COMIBOL, cuya constitución requiere aprobación legislativa de la Asamblea Legislativa Plurinacional conforme al artículo 103 de la Ley N° 535. Adicionalmente, el artículo 61 de la Ley N° 535 permite a COMIBOL suscribir Contratos de Producción Minera con actores privados. Sin embargo, las empresas extranjeras tienen la restricción del artículo 28: no pueden obtener derechos mineros en áreas dentro de los 50 kilómetros de la línea fronteriza internacional, y los contratos con actores mineros de nacionalidad extranjera dentro de esa franja requieren aprobación legislativa.

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