Inicio Laboral Bono de Antigüedad en Bolivia (2026): Cálculo, Fórmula…
Laboral Actualizado May 2023

Bono de Antigüedad en Bolivia (2026): Cálculo, Fórmula y Tabla Actualizada

¿Cómo se calcula el bono de antigüedad en Bolivia en 2026? El…

🗓 May 2023 ⏱ 15 min lectura 👁 68 visitas ✍️ Facilitador Legal
📋 Contenido del artículo
    Publicidad
    ¿Cómo se calcula el bono de antigüedad en Bolivia en 2026?
    El bono de antigüedad se calcula multiplicando el Salario Mínimo Nacional (Bs. 3.300 en 2026) por 3 —en empresas productivas— o por 1 —en entidades sin fines de lucro— y luego por el porcentaje correspondiente a los años de antigüedad según el D.S. N° 21060. El derecho se adquiere a partir de los dos años continuos de relación laboral.

    El bono de antigüedad en Bolivia es un beneficio social de carácter obligatorio reconocido por la Ley General del Trabajo y reglamentado por el Decreto Supremo N° 21060. Su propósito es compensar económicamente al trabajador por su lealtad y permanencia en la empresa, y constituye un derecho adquirido que no puede ser renunciado ni recortado unilateralmente por el empleador. A diferencia de otros beneficios sociales que se calculan sobre el salario real del trabajador, el bono de antigüedad tiene una base de cálculo especial: el Salario Mínimo Nacional vigente al momento del pago.

    En esta guía actualizada a 2026, el equipo de Facilitación Legal explica la fórmula de cálculo, las diferencias entre tipos de empresa, los montos actualizados con el Salario Mínimo Nacional de Bs. 3.300 vigente en la presente gestión, y los errores más frecuentes que cometen empleadores y trabajadores al liquidar este concepto. Si usted está en proceso de retiro, calculando su planilla o verificando si su empleador está pagando correctamente, este artículo le dará las herramientas para hacerlo con exactitud.

    ⚠ Error frecuente: Muchos empleadores calculan el bono de antigüedad sobre el salario real del trabajador en lugar del Salario Mínimo Nacional. Esto es incorrecto. El artículo 60 del D.S. N° 21060 establece con claridad que la base de cálculo es el Salario Mínimo Nacional vigente —no el haber básico ni el salario total del trabajador—, multiplicado por 3 para empresas productivas o por 1 para empresas de servicios y entidades sin fines de lucro. Pagar sobre el salario real puede resultar en un pago excesivo no exigido por ley, o en conflictos con el trabajador que conoce sus derechos.

    ¿Qué es el bono de antigüedad según la ley boliviana?

    Definición legal y naturaleza jurídica

    El bono de antigüedad es un beneficio social de pago mensual obligatorio, regulado por el artículo 60 del Decreto Supremo N° 21060 de fecha 29 de agosto de 1985. A diferencia del aguinaldo o la prima —que son pagos anuales— el bono de antigüedad forma parte del haber mensual del trabajador y debe ser incluido en la planilla de haberes cada mes a partir del momento en que el trabajador cumple dos años continuos de relación laboral con el mismo empleador. Su naturaleza jurídica es la de un derecho adquirido: una vez que el trabajador alcanza el tramo de antigüedad correspondiente, el empleador no puede reducir el porcentaje aunque el trabajador cambie de categoría o función dentro de la empresa.

    ¿Quiénes tienen derecho al bono de antigüedad en Bolivia?

    Tienen derecho al bono de antigüedad todos los trabajadores del sector privado que hayan cumplido más de dos años continuos de servicio con el mismo empleador, sin importar la categoría ocupacional, el nivel salarial ni el tipo de contrato —siempre que sea a plazo indefinido o que la relación laboral haya superado los dos años de hecho. Los servidores públicos del sector estatal tienen un régimen diferente regulado por el Estatuto del Funcionario Público y no están alcanzados por el D.S. N° 21060. Tampoco acceden a este beneficio los trabajadores del hogar, quienes tienen su propio régimen especial establecido por la Ley N° 2450.

    Marco legal del bono de antigüedad en Bolivia

    Normas que regulan este beneficio social

    El bono de antigüedad tiene un marco normativo sólido que ha permanecido esencialmente estable desde 1985, aunque los montos se actualizan cada año mediante decreto supremo que fija el nuevo Salario Mínimo Nacional. Las normas principales que debe conocer son las siguientes:

    NormaContenido relevante
    Ley General del Trabajo (1939)Fuente primaria de los derechos laborales en Bolivia; establece el derecho a beneficios sociales por tiempo de servicio
    D.S. N° 21060 — Art. 60 (1985)Establece la escala de porcentajes del bono de antigüedad según años de servicio y la fórmula de cálculo diferenciada por tipo de empresa
    D.S. anual de fijación del SMNActualiza el Salario Mínimo Nacional cada gestión; para 2026 el SMN es de Bs. 3.300
    Ley N° 2450 — Trabajo del HogarExcluye a los trabajadores del hogar del régimen del D.S. 21060 y establece su propio sistema de beneficios

    Entidad competente para reclamar el bono de antigüedad

    El organismo competente para recibir denuncias por incumplimiento en el pago del bono de antigüedad es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Bolivia, a través de sus Jefaturas Departamentales de Trabajo. El trabajador puede presentar una denuncia administrativa ante esa instancia, que tiene facultad para inspeccionar la planilla del empleador y exigir el pago retroactivo con mantenimiento de valor. También puede iniciar un proceso laboral ante los juzgados del trabajo para reclamar el monto adeudado junto con otros beneficios sociales impagos.

    Fórmula para calcular el bono de antigüedad en Bolivia (2026)

    Fórmula para empresas productivas y de servicios

    La gran mayoría de los empleadores bolivianos —empresas productoras— deben calcular el bono de antigüedad aplicando la siguiente fórmula establecida en el artículo 60 del D.S. N° 21060:

    (Salario Mínimo Nacional × 3) × % según antigüedad

    Con el Salario Mínimo Nacional de Bs. 3.300 vigente en 2026, la base de cálculo para estas empresas es de Bs. 9.900 (Bs. 3.300 × 3). Sobre esa base se aplica el porcentaje correspondiente al tramo de antigüedad del trabajador.

    Fórmula para organizaciones sin fines de lucro, empresas de servicio y representaciones diplomáticas

    Las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), fundaciones, asociaciones civiles sin fines de lucro, empresas de servicio y representaciones diplomáticas acreditadas en Bolivia aplican una fórmula reducida, que toma solo un Salario Mínimo Nacional como base:

    (Salario Mínimo Nacional × 1) × % según antigüedad

    Con el SMN de Bs. 3.300, la base para estas entidades es de Bs. 3.300. El porcentaje que se aplica sobre esa base es el mismo que para las empresas productivas —según los tramos del D.S. N° 21060— pero el monto resultante es tres veces menor.

    Escala de porcentajes y tabla de montos actualizados 2026

    El artículo 60 del D.S. N° 21060 establece siete tramos de antigüedad. El porcentaje no es acumulativo: se aplica el porcentaje del tramo en el que se encuentra el trabajador sobre la base completa (3 SMN o 1 SMN según el tipo de empresa o sociedad). La siguiente tabla muestra los montos exactos calculados con el SMN 2026 de Bs. 3.300:

    AntigüedadPorcentaje (D.S. 21060)Empresa productiva
    (Base: Bs. 9.900)
    Sin fines de lucro/ Servicios / Diplomática
    (Base: Bs. 3.300)
    0 a 2 años cumplidos0%Bs. 0,00Bs. 0,00
    2 años y 1 día a 4 años cumplidos5%Bs. 495,00Bs. 165,00
    5 años y 1 día a 7 años cumplidos11%Bs. 1.089,00Bs. 363,00
    8 años y 1 día a 10 años cumplidos18%Bs. 1.782,00Bs. 594,00
    11 años y 1 día a 14 años cumplidos26%Bs. 2.574,00Bs. 858,00
    15 años y 1 día a 19 años cumplidos34%Bs. 3.366,00Bs. 1.122,00
    20 años y 1 día a 24 años cumplidos42%Bs. 4.158,00Bs. 1.386,00
    25 años y 1 día en adelante50%Bs. 4.950,00Bs. 1.650,00

    Ejemplos prácticos de cálculo del bono de antigüedad 2026

    Ejemplo 1 — Trabajador de empresa productiva con 5 años de antigüedad

    Supongamos que María trabaja en una empresa de manufactura y acaba de cumplir 5 años de servicio continuo. Le corresponde el tramo de 5 a 7 años, con un porcentaje del 11%. Aplicando la fórmula para empresas productivas con el SMN 2026:

    (Bs. 3.300 × 3) × 11% = Bs. 9.900 × 0,11 = Bs. 1.089,00

    María tiene derecho a recibir Bs. 1.089,00 mensuales por concepto de bono de antigüedad, monto que debe aparecer sumado a su haber básico en la planilla y sobre el cual se aplican las retenciones de ley de seguridad social (AFP e impuesto RC-IVA si corresponde).

    Ejemplo 2 — Trabajador de ONG con 12 años de antigüedad

    Supongamos que Carlos trabaja en una organización sin fines de lucro y lleva 12 años en el mismo puesto. Le corresponde el tramo de 11 a 14 años, con el porcentaje del 26%. Aplicando la fórmula para entidades sin fines de lucro:

    (Bs. 3.300 × 1) × 26% = Bs. 3.300 × 0,26 = Bs. 858,00

    Carlos recibe Bs. 858,00 mensuales por este concepto. Si su empleador hubiera estado calculando incorrectamente sobre 3 SMN en lugar de 1, habría pagado en exceso Bs. 1.716,00 por mes —un error que en 12 años representa una diferencia significativa para la planilla de la organización.

    ¿Cómo se paga el bono de antigüedad en Bolivia?

    Forma de pago e integración al salario

    El bono de antigüedad no es un pago separado ni una gratificación anual: es un componente mensual del salario que debe figurar explícitamente en la boleta de pago del trabajador. Se suma al haber básico y a cualquier otro componente salarial, y sobre ese total se aplican las retenciones de seguridad social establecidas por ley: el aporte al sistema de pensiones (AFP) y, si el salario total supera el límite establecido, la retención del Régimen Complementario al IVA (RC-IVA).

    Es importante que tanto el empleador como el trabajador distingan el bono de antigüedad del aguinaldo y de la prima. El aguinaldo es el décimo tercer sueldo que se paga en diciembre; la prima es la participación en utilidades que se paga en febrero si la empresa generó ganancias; el bono de antigüedad es mensual y permanente durante toda la relación laboral una vez adquirido. Estos tres conceptos son acumulativos y ninguno sustituye al otro.

    ¿El bono de antigüedad se prorratea al momento del retiro?

    No. El bono de antigüedad en Bolivia no se prorratea. Según el artículo 60 del D.S. N° 21060, se trata de un derecho adquirido vinculado al tramo de antigüedad alcanzado. Esto significa que si un trabajador con más de dos años de servicio se retira el primer día de un mes, ese día ya le corresponde el 100% del bono de antigüedad del tramo en que se encuentra. No existe cálculo proporcional por días trabajados en el mes de retiro: el tramo se aplica completo desde el día en que el trabajador ingresa a ese rango de años de servicio.

    Para calcular con precisión el monto que le corresponde en su caso específico —incluyendo los demás beneficios sociales al retiro—, puede utilizar las calculadoras de beneficios sociales del área laboral disponibles en Facilitación Legal, o revisar los modelos de memoriales laborales si necesita reclamar el pago adeudado ante el Ministerio de Trabajo o en sede judicial.

    Errores comunes al liquidar el bono de antigüedad que generan conflictos laborales

    La experiencia en casos laborales muestra que los conflictos por el bono de antigüedad suelen originarse en errores evitables. Conocerlos permite al trabajador detectar si está siendo perjudicado y al empleador corregir su planilla antes de que el problema escale a una denuncia administrativa o demanda judicial.

    El error más frecuente es calcular el bono sobre el salario real del trabajador en lugar del Salario Mínimo Nacional. Este error puede ir en cualquier dirección: algunos empleadores calculan sobre el haber básico del trabajador, que en muchos casos es superior al SMN, lo que genera un pago mayor al legalmente exigido; otros lo calculan sobre el SMN pero con el valor del año anterior, sin actualizar con el nuevo decreto de cada gestión, perjudicando al trabajador.

    Otro error recurrente es confundir el tramo de antigüedad. La tabla del D.S. 21060 es clara pero puede prestarse a confusión: un trabajador que cumple exactamente 5 años sigue en el tramo del 5%, porque el tramo del 11% se activa recién a partir de "5 años y 1 día". El día exacto del cambio de tramo importa para la liquidación del mes en que se produce el cambio.

    Finalmente, algunos empleadores no actualizan el porcentaje cuando el trabajador cumple más años. Si un trabajador lleva 11 años en la empresa pero la planilla sigue reflejando el porcentaje del 8-10 años (18%), está recibiendo menos de lo que le corresponde. El empleador está obligado a ajustar el porcentaje de forma automática al momento en que el trabajador ingresa al nuevo tramo, sin necesidad de que el trabajador lo solicite expresamente.

    Para revisar la recopilación completa de normas sobre beneficios sociales laborales en Bolivia, incluyendo el bono de antigüedad, puede consultar la normativa publicada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, donde se encuentran los decretos supremos de fijación del Salario Mínimo Nacional de cada gestión.

    Preguntas frecuentes sobre el bono de antigüedad en Bolivia

    ¿Cuánto es el bono de antigüedad máximo en Bolivia en 2026?

    El monto máximo del bono de antigüedad en Bolivia en 2026 corresponde al tramo de 25 años o más de antigüedad, con el porcentaje del 50% establecido en el D.S. N° 21060. Para una empresa productiva o de servicios, ese monto es de Bs. 4.950,00 mensuales (Bs. 3.300 × 3 × 50%). Para una entidad sin fines de lucro, el monto máximo es de Bs. 1.650,00 mensuales (Bs. 3.300 × 1 × 50%). Estos valores se actualizan cada año cuando se fija el nuevo Salario Mínimo Nacional por decreto supremo.

    ¿Desde cuándo exactamente se empieza a pagar el bono de antigüedad?

    El bono de antigüedad comienza a pagarse a partir del día siguiente de que el trabajador cumple dos años continuos de relación laboral con el mismo empleador. No se calcula desde el primer día de trabajo ni desde el inicio del año: el punto de partida exacto es la fecha de ingreso del trabajador más dos años. Por ejemplo, si un trabajador ingresó el 1 de marzo de 2024, tendrá derecho al bono desde el 2 de marzo de 2026. El empleador debe incluirlo en la planilla del mes en que se cumple ese plazo, sin necesidad de esperar al fin de mes ni al fin del año.

    ¿El bono de antigüedad se pierde si el trabajador cambia de empresa?

    Sí. El bono de antigüedad está vinculado a la relación laboral con un empleador específico, no a la trayectoria laboral general del trabajador. Si una persona que lleva 10 años en una empresa renuncia y se incorpora a otra, el conteo de antigüedad comienza desde cero en la nueva empresa. Solo se conserva la antigüedad si existe una transferencia de empresa con continuidad laboral reconocida —es decir, cuando el empleador cambia de nombre o razón social pero mantiene la misma fuente laboral y el trabajador no interrumpe su relación— o en los casos de sustitución patronal regulados por el artículo 3 de la Ley General del Trabajo.

    ¿Qué pasa si el empleador no paga el bono de antigüedad?

    El incumplimiento en el pago del bono de antigüedad constituye una infracción laboral que habilita al trabajador a presentar una denuncia ante la Jefatura Departamental de Trabajo de su departamento. La autoridad laboral puede ordenar la inspección de la planilla del empleador y exigir el pago retroactivo de los montos adeudados con mantenimiento de valor (actualización por inflación). Si el empleador persiste en el incumplimiento o si el monto adeudado es significativo, el trabajador puede también iniciar una demanda laboral ante el juzgado de trabajo competente, donde puede solicitar el pago de todos los beneficios sociales pendientes más el desahucio si correspondiere. Los plazos de prescripción laboral en Bolivia son de dos años a partir del momento en que se genera el derecho.

    ¿El bono de antigüedad forma parte del cálculo del aguinaldo y la prima?

    Esta es una pregunta técnica relevante para los departamentos de recursos humanos. El bono de antigüedad sí forma parte del salario mensual total del trabajador, y ese salario total es la base para calcular el aguinaldo de fin de año (que equivale a un salario mensual completo, incluyendo el bono de antigüedad). Sin embargo, para el cálculo de la indemnización y el desahucio al momento del retiro, la norma establece criterios específicos sobre qué conceptos integran el "salario promedio indemnizable", que en muchos casos no coincide exactamente con el salario mensual total. Para cada caso de liquidación, es recomendable revisar la normativa vigente o consultar con un especialista en derecho laboral.

    ¿Cómo verifico si mi empleador está calculando bien el bono de antigüedad?

    El procedimiento es simple: tome el Salario Mínimo Nacional vigente (Bs. 3.300 en 2026), multiplíquelo por 3 si trabaja en empresa productiva o por 1 si trabaja en ONG, empresa de servicios o representación diplomática, y luego aplique el porcentaje correspondiente a sus años de antigüedad según la tabla del D.S. N° 21060. Compare el resultado con el monto que figura en su boleta de pago bajo el concepto "bono de antigüedad". Si el monto de su boleta es menor, su empleador está pagando de menos y usted tiene derecho a reclamar la diferencia retroactivamente. También puede utilizar la calculadora de bono de antigüedad disponible en la sección laboral de Facilitación Legal para obtener el monto exacto según su situación.

    Publicidad
    ¿Tu caso es más complejo?

    Habla con un abogado especializado

    Consulta tus opciones legales — respuesta rápida

    CONSULTAR — AHORA →
    1. Lilian Larrea dice:

      Cómo se calcula si una persona trabaja 4 días a la semana?

      1. Hola Lilian,

        Se calcula igual que a los otros trabajadores, ya que en el ejemplo se entiende que trabaja hasta 16 días por mes y se le otorga un salario mensual, si no existe interrupción laboral y ha cumplido los 2 años y 1 día le corresponde el pago del bono.

    2. Maria Sosa dice:

      Si trabajo en una empresa de servicios veterinarios, me corresponde el bono multiplicado x 3 SMN? Ya voy 5 años, puedo solicitar los bonos de años pasados? ya que leí que los derechos laborales permanecen en los años.

      1. Hola Maria,

        Si, corresponde el pago en base a 3 SMN.

        En realidad cuando cumpliste 2 años y 1 día de trabajo, la empresa tenía la obligación de realizar su pago, por lo que ahora puedes solicitar los bonos no pagados de los anteriores años. Evidentemente los derechos laborales son imprescripctibles por mandato de la CPE. Si necesitas asesoría especializada no dudes en contactarnos.

        1. María Sosa dice:

          Me dicen que al no ser productiva no me corresponde por 3SMN. Pero en mi opinión si porque genera utilidades.

          1. Hola María,

            Conforme a lo que nos comentaste, dicha empresa si debe calcular el bono de antiguedad en base a los 3SMN, no obstante ante la negativa existen opciones para el cobro del mismo, si requieres asesoramiento personalizado no dudes en contactarnos.

    3. Claudia Titto dice:

      buenos dias, consulta en caso de ser una organizaciòn sin fines de lucro y tomando encuenta lo que indica respecto a la base para el calculo del bono de antiguedad que solo se lo realizaria en base a un salario minimo nacional, ¿cual seria la base normativa para realizar ese proceso? y no se tenga observaciones en la caja de salud o el ministerio.

      1. Facilitador Legal dice:

        Hola Claudia,

        La base normativa esta en este artículo, no obstante, conforme nos comentas a la fecha se estaría pagando en base a 3SMN entiendo el por qué existiría observaciones en la Caja o el Ministerio de Trabajo, para lo cual previo análisis del caso operaría una rebaja salarial la misma que debe ser instrumentada, si requieres asesoramiento personalizado no dudes en contactarnos.

    4. Helmuth207 dice:

      Que sucede con las empresas COMERCIALES

      1. Facilitador Legal dice:

        Hola Helmuth,

        Es similar al tratamiento para las empresas de servicio, te invitamos a verificar el siguiente enlace.

    5. Javier Segovia dice:

      Buenas

      Me quedo claro el todo, pero no se si me puede facilitar el articulo mencionandolo para aquellas organizaciones que son sin fines de lucro en cuanto al bono de antiguedad.

      1. Facilitador Legal dice:

        Hola Javier,

        La base normativa esta en el siguiente enlace, te invitamos a revisarla.

    6. gisela silveira dice:

      BUENAS TARDES, SOY GISELA. COMO EMPLEADO (A) DE UNA EMPRESA PRODUCTORA DE AGUA EN BIDON QUE REQUISITOS DEBO PRESENTAR PARA QUE ME CANCELEN MI BONO DE ANTIGUEDAD, EN AGOSTO 07 DEL 2023 ENTERÉ 2 AÑOS EN MI TRABAJO, PERO ME DICEN QUE DEBO DEVOLVER LO QUE ME PAGARON COMO BONO DE ANTIGUEDAD EN SEPTIEMBRE YA QUE AYER PRESENTE MI CERTIFICADO DE TRABAJO, EN OCTUBRE Y NOVIEMBRE NO ME HAN CANCELADO MI BONO DE ANTIGUEDAD

      1. Facilitador Legal dice:

        Hola Gisela:

        Si mantienes una relación laboral, la empresa tiene la obligación de realizarte el pago del bono de antiguedad sin la presentación de ningun requisito. No obstante ante la negativa de pago hay opciones que la ley plantea para que se cumplan tus derechos. Si requieres asesoramiento especializado, no dudes en contactarnos.

    7. SAUL RAMOS dice:

      Una persona que trabaja mas de 3 años y trabaja medio tiempo 4.5 horas diarias, tiene derecho al bono de antiguedad?

      Gracias

      1. Facilitador Legal dice:

        Hola Saul,

        Si aplica.

    8. Fabricio Brito dice:

      Como saber si la empresa donde trabajo es con fines de lucro

      1. Facilitador Legal dice:

        Hola Fabricio,

        Debería consignar los datos en tu contrato de trabajo, o verificando el nombre o denominación de tu empleador.

    9. Loyda dice:

      Buen día, queria saber que pasa si un empleado ya esta en planilla 3 años pero no ha recibido su bono de antiguedad, como se procede en estos casos para regularizar su pago?. Gracias

      1. Facilitador Legal dice:

        Hola Loyda:

        La primera opción es hablar con el empleador para que se regularice la situación antes de una queja al Ministerio de Trabajo.

    10. ruben dice:

      En que norma establece el calculo de 3 minimos nacionales para empresas productivas

    11. josecarlosfernandezfigueredo87@gmail.com dice:

      mi contrato es de consultor en linea aplica tambien la antiguedad ahi??

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Go up