Calculadora bono de antiguedad en entidades sin fines de lucro

BONO DE ANTIGUEDAD PARA LA GESTIÓN 2023

Aqui te dejamos una tabla resumen donde podrás observar el monto (Bs.) de tu bono de antiguedad  en base a un (1) salario mínimo nacional, conforme a tu tiempo trabajado:

Tiempo (%) Bono de Antigüedad
0 años a 2 años cumplidos0 Bs            -
2 años y 1 dia a 5 años cumplidos5% Bs   118,10
5 años y 1 dia a 8 años cumplidos11% Bs   259,82
8 años y 1 dia a 11 años cumplidos18% Bs   425,16
11 años y 1 día a 15 años cumplidos26% Bs   614,12
15 años y 1 día a 20 años cumplidos34% Bs   803,08
20 años y 1 día a 25 años cumplidos42% Bs   992,04
25 años y 1 día en adelante50% Bs1.181,00

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  1. Glenax Sandoval Cabrera dice:

    Estimados, hoy empiezo a pagar el primer bono de antigüedad en una empresa sin fines de lucro. Si yo realizo el cálculo este bono usando como Base 3 SMN, cuando me hagan auditoria tendré observaciones? y cuales serian las bases de las observaciones?

    1. Facilitador Legal dice:

      Hola Glenax,

      De una simple lectura de tu consulta podemos inferir que el pago del bono de antiguedad para las entidades sin fines de lucro debe calcularse en base a 1SMN, lo ideal es que se cumpla con dicha norma, ya que realizar el pago en base a 3SMN no sólo podría ser interpretado en un futuro por una autoridad como un "derecho adquirido" de los trabajadores de la entidad, considerando que contablemente la carga social se incrementa, aspecto que probablemente será observado en auditoría. No obstante cada caso requiere un analisis único ya que cada entidad sin fines de lucro es libre de establecer sus propias politicas salariales que no contradigan las normas vigentes, otorgando más beneficios si lo consideran pertinente.

      1. SUSAN dice:

        Muy buenas tardes, con respecto a la consulta que hizo el compañero, sobre el pago del bono de antiguedad de entidades sin fines de lucro, deseo saber con que norma puedo justificar realizar el calculo sobre 1 SMN, para el calculo?

        1. Facilitador Legal dice:

          Hola Susan:

          La normativa está es el siguiente enlace.

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